Entre____,
con domicilio en____ representada
en este acto por____ en
adelante____ por una parte y la Industria____,
con domicilio en calle____
n°____
provincia de____,
representada en este acto por____,
en adelante "la industria".
Considerando:
Que
es intención de la industria participar, sola o asociada con otras empresas
locales o extranjeras, en el proceso de privatizaciones del área energía eléctrica
encarado por los Estados Nacional y Provinciales de la República Argentina;
Que____
se encuentra en
condiciones de prestar, en forma directa o a través de la obtención de los
medios técnicos y humanos necesarios, asistencia técnica en la evaluación
de proyectos, elaboración de ofertas, negociación de aspectos técnicos de
eventuales contrataciones, etcétera.
Las
partes acuerdan:
Primero:
se compromete a prestar a la industria y/o a los consorcios que la industria
integre la asistencia técnica necesaria de estudio, preparación, formulación,
presentación y eventual negociación posterior de ofertas relacionadas con
proyectos y/o empresas incluidos dentro del plan de privatizaciones encarado por
los Estados Nacional y Provinciales de la República Argentina, en adelante
indistintamente el proyecto o los proyectos. Ello, con el alcance definido en
el Anexo I al presente.
Segundo:
Para la prestación de la asistencia indicada en el artículo primero____
afectará u obtendrá
los medios técnicos, humanos y económicos que fueran necesarios.
Tercero:
se compromete a obtener y mantener afectado en forma personal, directa,
permanente y exclusiva al señor____
Sin
perjuicio de tal afectación el señor____
podrá desarrollar otras tareas cuando: a) no exista colisión de intereses
entre esas tareas y las incluidas en el artículo primero, y b) la ejecución de
las mismas no afecten el normal desarrollo de las tareas incluidas en el artículo
primero, debiendo darse siempre prioridad a las tareas ejecutadas a favor de la
industria.
Cuarto:
Como contraprestación
por las tareas indicadas en los artículos precedentes, la industria pagará a____
un importe mensual de____
Tal
importe será abonado mediante____ en____
dentro de los____
días de la presentación por parte de____
a la industria de la correspondiente factura.
Esta
única remuneración cubrirá los gastos directos o indirectos en los que
incurriere____ como
consecuencia de sus tareas respecto a los proyectos, quien nada más tendrá
que reclamar a la industria o a las firmas que eventualmente se unan a ella.
Sin
perjuicio de lo expuesto, la industria reembolsara a____ todos aquellos gastos
debidamente acreditados correspondientes a pasajes y viáticos por viajes al
interior o al exterior del país, servicios de remise, comidas con invitación a
terceros, etc. Será condición necesaria para tal reembolso, que el gasto
respectivo haya sido aprobado por la industria con anterioridad a que el mismo
sea incurrido.
Quinto:
Las prestaciones a ser provistas por____ en
el presente revisten el carácter de exclusividad, por lo que____
se compromete a no trabajar o prestar asesoramiento o cualquier otra clase de
servicios a terceros en relación con los proyectos o empresas a ser
privatizados. Tampoco participará en forma directa o indirecta en el estudio,
preparación, presentación de ofertas relacionados con tales proyectos o
empresas, ni en las eventuales contrataciones que de ellas se derivaran.
Sin
perjuicio de lo expresado en este artículo____ estará
liberado de tal obligación de exclusividad cuando la industria le comunicara
formalmente por escrito su intención de no participar en el proceso de
privatización algún proyecto o empresa específicos. Esta liberación
implicará en tal caso también la del señor____
Sexto:
Se compromete a tratar en forma confidencial y reservada los conocimientos,
información y documentación técnica, económica financiera, legal o de otra
índole. Esta obligación se mantendrá aun luego de concluida por cualquier
causa la vigencia del presente convenio.
Séptimo:
no cederá, transferirá, subcontratará total o parcialmente lo encomendado en
el presente sin previa autorización por escrito de la industria, quien podrá
negar la autorización sin invocar motivos y esa decisión no será
susceptible de reclamo de ninguna naturaleza por parte de la industria, ya que
el presente se considera "intuitu personae".
Por
su parte, la industria no cederá ni transferirá sus derechos bajo este
convenio sin la previa autorización por escrito de____
Octavo:
Este convenio será válido
durante un plazo de____ (____)
días contados a partir de la fecha de celebración del presente.
Sin
perjuicio de ello, cualquiera de las partes podrá dar por concluido el presente
mediante un aviso previo de____ (____)
días notificando a la otra parte su intención en tal sentido.
En
todos los casos, este convenio mantendrá su validez por el plazo de____ (____)
días, respecto de aquellos proyectos en los cuales se hubieran presentado
ofertas.
Noveno:
El pago de los impuestos que se generen como consecuencia de los pagos a____
y del cumplimiento de
las obligaciones aquí pactadas serán a cargo de____ El
impuesto de sellos correspondiente a este convenio será soportado por las
partes por mitades.
Décimo:
Cada una de las partes mantendrá a la otra a cubierto de eventuales reclamos
de terceros, incluidos subcontratistas, organismos impositivos, previsionales,
etc., por reclamos relacionados con las tareas a su cargo.
Décimo
primero: Se deja constancia que ninguno de los profesionales, técnicos,
administrativos, etc., que designe____ tendrá
relación de dependencia ni de otra índole con la industria, por lo cual____
asume toda responsabilidad
y mantendrá a la industria indemne de cualquier reclamo de dichas personas que
se origine en las obligaciones incluidas en el presente contrato, incluyendo sin
que ello sea limitativo reclamos salariales, por accidentes, por aplicación
de eventuales normas arancelarias, etc. Asimismo, ____mantendrá
debidamente asegurado al personal a ser afectado a los trabajos a su cargo
mediante pólizas de seguro, en las cuales la industria deberá aparecer como
coaseguradora.
Décimo
segundo: En caso de incumplimiento de sus obligaciones por cualquiera de las
partes, la otra parte tendrá derecho a dar por resuelto el presente previa
intimación por quince (15)
días en la cual se
identifique el incumplimiento, se requiera la regularización del mismo y se
comunique la decisión de reservar el derecho de resolución para el caso de
mantenerse tal incumplimiento.
Décimo
tercero: Las partes dejan constancia que la celebración del presente no
implicará para la industria la presentación de ofertas en ningún proyecto.
Por lo tanto____ no tendrá derecho a percibir retribución o compensación alguna para
el caso que la industria no participara o fuera excluida de cualquier proyecto,
por cualquier causa que fuera.
Décimo cuarto: Como prueba de su aceptación a todos los términos de la presente en cuanto lo afectan, firma el presente por sí el señor____
Décimo quinto: Para la solución de cualquier diferencia con motivo del presente las partes declaran someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de____
En
prueba de conformidad se firman____ ejemplares
de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de____,
a los____ días
del mes de____ de
19____
Entre
la firma____ con domicilio comercial en la calle____ n°____
de la ciudad de____,
Argentina y con
domicilio especial en Chile, en calle____ en
adelante denominada "el fabricante", por un lado, y la firma____
con domicilio
comercial en Santiago de Chile, en adelante denominada "el
representante", por el otro, se ha celebrado el presente contrato de
representación comercial que se regirá por las siguientes cláusulas:
Primera.
Objeto de la representación. La firma____ designa
al representante como agente exclusivo para la promoción y venta mediante
contratación directa, concurso privado, de los productos fabricados por____
denominados
comercialmente____ La
lista de productos citada podrá ser ampliada en el futuro, mediante intercambio
de cartas o fax entre las partes.
Segunda.
Territorio. El representante está designado con carácter exclusivo para todo
el territorio de la República de____,
ante los particulares y las distintas empresas de capital estatal, privado o
mixto con jurisdicción en dicho territorio.
Tercera:
Obligaciones del representante. El representante se obliga a promover y procurar
la venta de los productos, objeto de su representación, y en todo su
territorio, para lo cual actuará en un todo conforme a las instrucciones del
fabricante.
Para
las tareas de promoción y venta, dispondrá su tiempo y el de sus dependientes
en la medida necesaria a fin de concretar una acción eficaz y completa. Deberá
mantener permanentemente informada a____ respecto
a las oportunidades comerciales que se presenten, tanto las que surjan de un
continuo relevamiento público, como la que pueda obtener a través de un
contacto directo y fluido con los potenciales clientes.
Deberá
asimismo brindar toda la colaboración profesional y administrativa que le sea
requerida por____ en
el territorio en relación con el objeto de este contrato.
El
representante actuará en la venta por cuenta y orden del fabricante, y la venta
de sus productos, debiendo cotizar sin aumento ni reducción alguna, exceptó
las expresamente autorizadas por la firma.
Las
obligaciones enumeradas más arriba, no constituyen un listado taxativo, sino sólo
enumerativo, entendiéndose como obligaciones del representante todas las
actividades, tareas, gestiones, informes y reuniones tendientes a cumplir
eficazmente el objeto de este contrato, y en general toda otra que pudiera ser
conveniente o conducente con la finalidad del mismo.
La
firma____ deberá
mantener en su país____ a
disposición del representante, un stock de
suficiente para cubrir las necesidades inmediatas de venta. Dicho stock
de____ quedará
en depósito bajo la responsabilidad del representante.
Cuarta.
Atribuciones del representante. El representante podrá presentar ofertas
tanto directas, como para concursos privados, y tramitar y legalizar contratos
u órdenes de compra, hacer reclamos e impugnaciones, en un todo de acuerdo con
las indicaciones que por escrito le remita____ en
cada caso.
En
todos los casos, el representante ha de proceder de modo que no haya lugar a
dudas o a litigios, en lo que atañe a la naturaleza y extensión de las
facultades que ha recibido de la firma
En especial tendrá a su cargo, pero no se limitará a: recepción de____
,carga y____, venta y confección
de remitos y la pertinente facturación; control de stock; llevar la necesaria
contabilidad en legal forma; efectuar la cobranza y rendición de las ventas
conforme a las directivas de____
Quinta.
Exclusividad. El representante se obliga durante el período de validez de este
contrato, a no representar directa ni indirectamente, a empresas nacionales o
extranjeras que fabriquen productos, presten servicios, o los venda, del mismo
tipo y para iguales usos que los indicados en el objeto de este contrato. El no
cumplimiento a lo aquí dispuesto, será causal de rescisión del presente
contrato por parte de____ siendo
a cargo del representante los daños y perjuicios que su no cumplimiento diera
lugar, como así también los gastos que su inconducta pudiera haber ocasionado.
Sexta.
Acción directa de la firma ____. La
firma____no
limita bajo ningún aspecto su acción directa tanto en la promoción como en la
venta de sus productos, cuyos resultados beneficiarían exclusivamente a la
firma
Séptima.
Remuneración. Como única y total remuneración por su gestión, el
representante recibirá el siguiente porcentaje en calidad de comisión,
calculando sobre el valor neto de ventas, excluido el IVA durante el período de
validez del presente contrato. a) Ventas efectuadas en____
por____ por
ciento; b) ventas efectuadas en____ directamente
por____ por ciento. Todas las
obligaciones fiscales que pudieran gravar al representante, por comisiones
recibidas o por cualquier otro concepto, serán a su exclusivo cargo, quedando
la firma____ liberada de toda responsabilidad que le pudiera corresponder por
cualquier tipo de pagos y retenciones.
Las
comisiones resultantes se pagarán de la siguiente forma:
____
Octava.
Información al
representante. La firma____ enviará al representante documentos, folletos, especificaciones,
material publicitario, y en general toda la información en calidad y cantidad
que sea necesaria para que el representante desarrolle eficientemente su labor
de promoción de los productos objeto de este contrato.
Novena.
Información a la firma____.
El representante enviará a____ en
forma mensual, un informe detallando las gestiones que ha efectuado, de tal modo
que la firma____ pueda
constatar la labor efectuada por el representante, e indicar modificaciones,
prioridades u otros comentarios que puedan servir para un desarrollo más
eficaz de la actividad del representante.
Décima.
Confidencialidad. Las partes se comprometen a preservar los secretos del
negocio, no sólo durante la vigencia del contrato, sino con posterioridad a
su extinción.
Décimo
primera. Cesión del
contrato. El presente contrato no se considera parte del negocio, o capital
del representante, por lo que éste no podrá venderlo, ni cederlo sin el
consentimiento de la firma____ y
luego de cumplimentar las condiciones que la misma establezca e imponga el
cedente y al cesionario.
Décimo
segunda. Duración. El término de duración del presente contrato es hasta el
____ prorrogable
por____ años a voluntad de las partes, lo que se efectuará automáticamente
salvo que una de las partes notifique su voluntad en contrario en forma
fehaciente con una antelación no menor de____ días
al vencimiento.
Décimo
tercera: Rescisión. Este contrato podrá ser terminado por cualquiera de las
partes, antes de su vencimiento, mediante aviso que surtirá efecto____ días después de la
fecha fehaciente de envío del mismo.
Este
plazo puede reducirse a____ días
en caso que la firma comprobara manifiesta negligencia, o deslealtad comercial
por parte del representante.
Décimo
cuarta. Jurisdicción. Las partes convienen someter todas las controversias
emergentes del presente contrato a la jurisdicción de los Tribunales
Ordinarios de la____ Argentina,
con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera
corresponder.
En testimonio de lo cual las partes, representadas la firma____ por____ ciudadano argentino mayor, de____ edad, con DNI n°____ con atribuciones conferidas por____ y el representante por____ ciudadano____ del país____ mayor de edad, con DNI n°____ en la ciudad de____ a los____ del mes de____ de 2____
En la
ciudad de____ a los____ días
del mes de____
de 2____,
se reúnen Industrias____ con
domicilio en____ representada
por____
con domicilio en____ representada
por____ y____,
con domicilio en____
representada por
todas en adelante denominadas las "empresas", quienes resuelven
celebrar el presente convenio de Unión Transitoria de Empresas, que se regirá
por los artículos 377 a 383 de la Ley de Sociedades Comerciales y por las
siguientes disposiciones contractuales:
Primero:
Definiciones.
Empresas:
Son las firmas.
Obra:
(Definir según pliego licitatorio.)
Contrato:
(Definir según las partes que lo suscribirán y el objeto del mismo.)
Comitente:
(Definir según el nombre completo de la UTE.)
Segundo:
Objeto. La UTE tiene por objeto regular la relación entre las empresas dentro
del régimen de una Unión Transitoria de Empresas, para la ejecución y
desarrollo conjunto de la obra en los términos y condiciones del contrato.
Para
la realización de dicho objeto la UTE coordinará las actividades y medios que
llevarán adelante las empresas para el debido cumplimiento del contrato y que
se encuentran definidos en los documentos que integran este último y el Anexo 1
de la UTE.
Tercero:
Duración. La duración de la presente UTE será igual a la requerida para la
total ejecución de la obra y el cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato según lo indicado en el artículo segundo.
Cuarto:
Denominación y domicilio. La UTE se denomina
“____Unión
Transitoria de Empresas" y se constituye domicilio especial en____ para todos los
efectos que deriven del contrato de unión transitoria.
Quinto:
Datos de las empresas. Conforme lo dispuesto por el art. 378, inc. 40
de la Ley de
Sociedades, las empresas denuncian sus respectivos datos de inscripción
registral, domicilio y las resoluciones sociales que aprobaron la celebración
de esta UTE, según el siguiente detalle:
Industrias____
a)
Constituida mediante estatutos aprobados por el Superior Gobierno de la
Provincia de____ por
Decreto n°____
del día____
del mes____
del año 19____,
expediente____ inscritos
bajo el n°____
folio____
tomo____
y bajo el n°____ fojas ____,
tomo____ de
los Registros Públicos de Sociedades Anónimas y de Comerciantes
respectivamente el día____ Modificación aprobada por el Superior Gobierno de____
por Decreto n°____ del
día____ del
mes____ del
año 19____ expediente
n°____ inscrita
a fojas____ y____ legajo____ y
a fojas____
y____ del
Registro de Modificaciones y Disoluciones de Sociedades Anónimas____Modificación
aprobada por el Superior Gobierno de____ por
Decreto n°____
expediente n°____inscrita
a fojas____ legajo____
del Registro Público
de Sociedades Anónimas el día____ del
mes____ del
año 19____
b) La
resolución del Órgano de Administración que dispuso la constitución de la
UTE se emitió en la sesión del día____ de____
de 19____
por Acta n°____
c)
Tiene su domicilio en calle____ n°____
ciudad de____
(Otra
empresa). Detallar los mismos datos.
Sexto:
División de actividades. A los efectos del cumplimiento del objeto de la UTE,
las empresas convienen en distribuir la ejecución de la obra en una serie de
tareas o actividades, que se encuentran identificadas en el Anexo 1, que se
agrega al presente contrato, formando parte del mismo.
Las
empresas asumen la responsabilidad por la cotización y ejecución de la parte
de la obra a su cargo, conforme al Anexo 1, pudiendo proporcionarse mutuamente
toda la información que con relación a las tareas o actividades asignadas
sea necesaria para la ejecución común y coordinada de la obra.
Séptimo:
Responsabilidades. Las empresas asumen responsabilidad mancomunada y solidaria
ante____ (la comitente) en relación con todas y cada una de las obligaciones
contraídas en virtud del contrato.
Entre
las empresas, cada una de ellas será responsable ante las otras por el
cumplimiento de las obligaciones contraídas según contrato y esta UTE con
respecto a las actividades a su cargo discriminadas en el Anexo 1.
Octavo:
Representante. La
representación de la UTE se unifica en____ con
domicilio en____ quienes
actuarán en forma conjunta. El representante tendrá las facultades
suficientes para ejercer los derechos y contraer las obligaciones que hicieren
al desarrollo y ejecución de la obra en los términos del artículo 379 de la
Ley de Sociedades Comerciales (t.o. Decr. 841).
Noveno:
Comité ejecutivo. El comité ejecutivo se constituirá con dos representantes
de cada una de las empresas y tendrá como función coordinar la realización de
la obra según la distribución del Anexo 1.
Sin
perjuicio de que cada una de las empresas tendrá a su exclusivo cargo la
conducción y realización de la obra y/u obligaciones que le correspondan, a
los efectos de la mencionada coordinación de trabajos, el comité realizará
las siguientes tareas básicas:
a)
Coordinación de las actividades en obra; b) programación de la obra; c)
control de avance de los trabajos; d) coordinación de las actividades en cuanto
a la posible utilización en común de la obra y servicios; e) coordinación
del proyecto con las necesidades de la obra;f) supervisión y control de la
preparación y tramitación de certificados que se emitan a nombre de la UTE; g)
control y supervisión de la contabilización y liquidación de gastos comunes;
h) consideración de adicionales de obra cuya ejecución no corresponda
claramente a alguna de las empresas y cualquier otra que haga a la completa y
eficiente coordinación y desarrollo de los trabajos. La representación técnica
"in situ" será ejercida por el o los profesionales designados a tal
efecto de común acuerdo por las empresas.
Las
decisiones que por su importancia no están incluidas en la enumeración de
tareas básicas del comité ejecutivo, o aquellas en las que no se lograra un
acuerdo en el comité, serán adoptadas en conjunto por los máximos
representantes legales de las empresas. Tales representantes podrán delegar esa
facultad en otro funcionario de su empresa, mediante constancia fehaciente.
En
todos los casos las decisiones deberán ser adoptadas por unanimidad.
Décimo:
Sanciones.
a)
Cada empresa será responsable de la correcta ejecución, tanto por lo que se
refiere a plazos como a especificaciones técnicas y prestaciones de la porción
de trabajos que a cada uno le corresponda realizar en el contrato, conforme se
determina en el Anexo I del presente y en los documentos del contrato.
b) En
el caso de infracción o incumplimiento que diere lugar a sanciones frente a
la comitente, por causas imputables a las empresas, la responsable soportará
las sanciones y el resarcimiento de los daños y perjuicios que impute el
comitente, ocasionados por su culpa.
c) En
el caso de infracción o incumplimiento que diere lugar a sanciones o
responsabilidades frente al comitente por culpa concurrente de las empresas, las
mismas soportarán íntegramente las sanciones, y el resarcimiento de los daños
y perjuicios ocasionados, a prorrata de sus respectivas participaciones en la
obra en la proporción establecida en el artículo décimo primero, excepto que
pudiera determinarse en forma indubitable la real incidencia que el
incumplimiento individual de cada empresa haya tenido sobre el incumplimiento
común, en cuyo caso se soportarán las consecuencias en relación a dicha
incidencia.
e)
Las empresas serán respectivamente responsables por los defectos y vicios de
las prestaciones que ejecuten, estando obligadas a soportar cuantas
reparaciones, sustituciones, modificaciones, etc. fueran necesarias para reparar
los defectos o sustituir los materiales o instalaciones defectuosas, aplicándose
a las sanciones y daños que pudieren derivarse los criterios establecidos en
los puntos precedentes.
Décimo
primero: Participaciones. Las empresas asumirán por separado el riesgo de la
ejecución de las tareas y/o suministro que les corresponda y participarán en
la distribución de los resultados de la UTE según la distribución de
actividades efectuada en el Anexo 1. Asimismo, las empresas financiarán los
gastos de las actividades comunes para la realización de las obras, conforme a
las siguientes proporciones:
Los
porcentajes indicados precedentemente guardan relación proporcional con el
monto de obra que a cada empresa le corresponda ejecutar según el Anexo 1.
Décimo
segundo: Facturaciones y cobranzas. Las certificaciones y/o facturaciones de la
UTE serán recibidas por el comité ejecutivo, quien las tramitará ante el
comitente para su aprobación y pago. Efectuado éste la UTE distribuirá la
cobranza -según corresponda- a las empresas dentro de las____ horas de su recepción.
Lo mismo ocurrirá en la distribución de anticipos o cualquier otra recepción
de fondos de la comitente o de terceros.
Décimo
tercero: Cesión-Admisión. Ninguna de las empresas podrá ceder sus derechos y
obligaciones total o parcialmente sin la previa conformidad de las otras
empresas y la comitente. La admisión de nuevos miembros de esta UTE deberá
ser resuelta por unanimidad de las empresas y contar con la previa aprobación
de la comitente.
Décimo
cuarto: Causales de exclusión. Serán causales expresas y automáticas de
exclusión de cualquiera de las empresas del presente acuerdo:
a) El
pedido propio o declaración de quiebra, o pedido de liquidación de la
sociedad.
b) La
intervención decretada a la sociedad por decisión judicial firme.
c) El
pedido de convocatoria de acreedores, salvo que se haya ejercido la opción de
continuar con el cumplimiento de las obligaciones derivadas de su participación
en la Unión en los términos del art. 21 de la ley 19.550 y en el plazo de____
días de abierto el
concurso.
d) La
celebración de uno o varios concordatos y/o acuerdos preconcursales con
acreedores comerciales o financieros, por todo o parte del pasivo y por
cualquier tipo de obligación.
e) La
pérdida del carácter de empresa nacional de capital local en los términos de
la ley 21.382 por cualquier otra variante de control o mayoría de capital
extranjero.
f)
Transferencia a título oneroso de todo o parte del capital accionario de la
empresa que implique cambio en los titulares del control accionario de las
empresas firmantes del presente.
g) La
fusión con otras sociedades no miembros de este acuerdo.
h)
Incumplimiento de reiterados emplazamientos a cumplir las obligaciones
asumidas en virtud de este acuerdo.
La
exclusión se operará de pleno derecho, sin necesidad de interpelación
judicial alguna, sin derecho a indemnización en favor de la excluida. Esta
decisión será comunicada fehacientemente a la empresa incursa en algunos de
los supuestos de exclusión.
Décimo
quinto: Consecuencias de la exclusión. En el supuesto que cualquiera de las
empresas incurriere en cualquiera de las causales establecidas en el artículo
décimo tercero del presente durante la ejecución de la obra, será de aplicación
lo dispuesto en dicha cláusula y la empresa no culpable tendrá derecho a
reclamar a la culpable, de acuerdo a las reglas del derecho común la totalidad
de los daños y perjuicios sufridos con excepción del lucro cesante.
Décimo
sexto: Estados de situación. La contabilidad correspondiente a los ingresos,
gastos y distribuciones a efectuarse durante la obra se registrarán en un
libro ad hoc que se habilitará a nombre de la UTE, en el que se asentarán las
operaciones correspondientes a la obra que motiva esta UTE, debiendo
confeccionarse estados de situación trimestrales para su registración en otro
libro ad hoc. De estos estados de situación se entregarán copias a cada una de
las empresas. Los estados de situación deberán reflejar los trabajos
facturados al comitente durante el trimestre, con individualización de número
y fecha de facturas, su monto y distribución entre las empresas.
Décimo
séptimo: Disolución y liquidación de la UTE. Finalizada la ejecución de la
obra, el representante procederá a la disolución y liquidación de la UTE. A
ese efecto, se establecerán los saldos activos y pasivos correspondientes a
cada una de las empresas.
Décimo
octavo: Arbitraje. En todas las controversias que puedan surgir con referencia
al presente documento, ya sea en su interpretación, ya en su ejecución, se
recurrirá a un arbitraje, dentro de los____ días
contados a partir de la petición de un miembro de la UTE.
El
colegio arbitral estará constituido por tres miembros nombrados como sigue:
-Cada
parte designará un árbitro.
-El
tercer árbitro será designado de común acuerdo por ambas partes, o en su
defecto por el procedimiento establecido por el artículo 743 del C.P.C.C. de la
Nación.
El
Colegio Arbitral deberá ser nombrado dentro de los____ días a partir de
la solicitud de su constitución. Será de aplicación el Código Procesal Civil
y Comercial de la Nación, libro VI-título 1 sobre el juicio arbitral.
Los
jueces arbitrales que serán designados en la forma descrita, tomarán sus
recaudos en la manera que estimen más oportuna y las decisiones alcanzadas serán
consideradas definitivas. Las partes se obligan a aceptarlas y a ponerlas en
inmediata ejecución, sin posibilidad para cualquiera de las partes de ulterior
recurso. Para el supuesto que, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior,
sea necesario recurrir a órganos judiciales, las partes pactan la jurisdicción
de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de____
Décimo noveno: Fondo común operativo. Las actividades comunes de las empresas serán básicamente la coordinación de los distintos trabajos que cada una de ellas ejecutará según la división de tareas pactadas en Anexo 1, estableciéndose el monto mínimo del fondo común operativo en la suma de pesos____
Vigésimo:
Autorización. A los efectos de proceder a la inscripción del presente ante la
Inspección General de Justicia, se autoriza expresamente a los doctores____
y____quienes
podrán actuar en forma conjunta, alternada o indistinta cualquiera de ellos,
en la realización de los trámites y gestiones necesarios para la inscripción
mencionada.
En
prueba de conformidad, se firman____ ejemplares
del mismo tenor en____ a
los____días
del mes de____ de 19____
Entre____
con domicilio en____ representada
en este acto por____ e
Industrias____con domicilio en____ representada
en este acto por____ convienen
en integrar un Consorcio para presentar ante____ una
oferta en forma conjunta para la licitación: La propuesta conjunta se ajustará
a los términos del pliego y por una cotización que se determinará de común
acuerdo entre las partes. Si el acuerdo de las partes para la fijación del
precio de la oferta no se lograra, la decisión de presentarse conjuntamente
quedará sin efecto. En la propuesta las partes dejarán constancia que se
presentan consorciadas asumiendo responsabilidad mancomunada y solidaria.
En
caso de que el consorcio constituido por las partes resultare adjudicatario de
la licitación, las partes suscribirán el contrato y ejecutarán la obra de que
hayan resultado adjudicatarias, bajo el régimen consorcial que se establece en
los artículos siguientes, a cuyo fin en el presente instrumento se establecen
los lineamientos básicos de la organización conjunta, debiendo ajustarse en su
oportunidad los aspectos operativos, circunstanciados y de detalle, mediante el
perfeccionamiento por un contrato completo que las partes suscribirán entre sí
antes de firmar el contrato con la comitente. El contrato consorcial seguirá
las pautas que se determinan en el presente instrumento.
Primero:
Finalidad. El consorcio tiene como finalidad la de coordinar las actividades de
los miembros para la preparación de la oferta relativa a las obras referidas,
aprovechando de la experiencia y posibilidades constructivas y de organización
de cada uno de los socios, ____
Estas
actividades del consorcio tienen por objeto:
a) La
elaboración y presentación de la oferta.
b)
Tratar, concluir y firmar el convenio con el cliente en caso de adjudicación.
c) La
ejecución de la obra.
Segundo:
Domicilio. El consorcio tiene domicilio en____ y
constituirá los especiales que sean necesarios a los efectos del contrato con
el cliente.
Tercero:
Comité ejecutivo.
Con____ representantes
por cada una de las sociedades, se constituirá un Comité Ejecutivo que tendrá
las funciones que se detallan en la cláusula décimo tercera.
Cuarto:
Responsabilidad. A
requerimiento del ente licitante, las partes se comprometen a asumir
responsabilidad mancomunada y solidaria frente al mismo, lo cual no implicará
la constitución de sociedad alguna entre los miembros del consorcio.
Queda
expresamente determinado que en el caso de adjudicarse las obras, cada una de
las empresas asumirá el riesgo de la ejecución de la parte que le corresponde
según la distribución de participaciones en la realización de la obra que se
acuerde, según las condiciones y precios cotizados en la oferta y sólo tendrán
derecho y responsabilidad por todo lo que se origine en el contrato, en la
proporción que le corresponda en razón del respectivo trabajo atento a los
precios que se estipularán al efecto.
Ninguna
de ellas tendrá derecho o responsabilidad alguna sobre las ganancias y/o pérdidas
de la otra originadas en la ejecución del contrato.
Sin
perjuicio de la solidaridad a asumir ante el cliente, tanto en la etapa de
elaboración de la oferta como en el caso de la ejecución, la parte que sea
autora de hechos y/u omisiones que originen responsabilidad para la otra,
soportará en forma exclusiva las erogaciones, penalidades y/o indemnizaciones
que se originaren, con exclusión del lucro cesante, liberando y/o restituyendo
a la afectada en forma inmediata y total. En el supuesto que no pueda
determinarse claramente la exclusiva responsabilidad de una de las partes, queda
convenido que las partes soportarán las obligaciones y responsabilidades en
proporción a sus respectivas participaciones en el trabajo que ha dado motivo a
la penalización y sólo en cuanto se relacionen con las partes y obligaciones
asumidas en el proyecto. La responsabilidad aludida nunca excederá el monto
de la porción de contrato que la empresa ejecuta.
Quinto:
Exclusividad. Las partes manifiestan que se obligan a realizar en forma conjunta
la finalidad expuesta en la cláusula primera. Asimismo, asumen recíproca
obligación de exclusividad y por lo tanto ninguna de las partes podrá
participar en el proyecto por sí o vinculada o asociada de cualquier forma a
terceros, salvo expresa autorización de todos los miembros del consorcio.
Sexto:
Intransferibilidad. Los derechos a que se refiere el presente convenio son
intransferibles,
salvo que mediare conformidad escrita de todas las partes.
Séptimo:
Duración. El presente acuerdo consorcial tendrá vigencia hasta la total
ejecución de los trabajos y no podrá rescindirse sino por decisión de sus
miembros, los cuales no podrán tomar tal decisión de disolución hasta la
realización de los siguientes actos:
a)
Todas las obligaciones previstas en el contrato hayan sido ejecutadas.
b)
Las cuentas se hayan cerrado sin reserva alguna.
c)
Las eventuales controversias inherentes al contrato hayan sido resueltas.
d)
Cada garantía se haya restituido y/o extinguido.
En
caso que la oferta presentada no tuviera éxito finalmente ante el cliente, este
consorcio debe considerarse rescindido de hecho a todos los efectos desde la
comunicación del comitente de que rechaza la oferta, siempre que no hubiere
interpuesto recurso alguno frente a ese rechazo, en cuyo caso finalizará cuando
exista resolución definitiva respecto al mismo, sea judicial o no, según las
etapas e instancias a que hayan decidido recurrir las partes; en caso de no
haber comunicación, desde que se tome conocimiento de haberle sido adjudicada y
contratada la obra con un tercero.
Octavo:
Gastos de preparación de la oferta. Los gastos que a cada parte le demande
preparar la oferta, serán sufragados por cada parte conforme a las tareas que
le competan, y los que fueren comunes se repartirán según la participación de
cada miembro en un todo conforme a las proporciones que surjan de las listas de
precios que se acuerden.
Noveno:
Garantías. Cada parte de este convenio gestionará y/o soportará a su cargo,
en ¡a proporción que resulte del monto de su participación en el trabajo, las
garantías que eventualmente fueran necesarias por ser exigidas por el
cliente.
Décimo:
Incumplimiento grave. Rescisión. Si como consecuencia de defecciones técnicas,
económicas o financieras imputables a la responsabilidad de una de las
partes, resultare riesgo cierto de incumplimiento grave del contrato con el
cliente, o motivase que el mismo rescindiera dicho contrato, el presente
convenio de consorcio quedará a su vez rescindido y sin efecto alguno, bastando
a tal efecto la notificación fehaciente a la empresa culpable. En tales casos,
las empresas no culpables tendrán derecho a reclamar a la culpable, de
acuerdo a las reglas del derecho común los daños y perjuicios que le ocasione
la rescisión del contrato o la necesidad de continuar la obra en virtud de la
solidaridad que ha asumido ante el cliente.
Décimo
primero: Quiebra. Concurso. Si cualquiera de las empresas contratantes fuera
declarada en quiebra o adjudicara sus bienes, solicitara concurso de acreedores
o celebrase concordatos con los mismos, las otras empresas podrán declarar
rescindido este convenio automáticamente y de pleno derecho, sin necesidad de
declaración judicial o extrajudicial alguna y mediante comunicación por
telegrama colacionado a la otra empresa signataria del presente. En las hipótesis
definidas en el párrafo precedente -con excepción de la declaración de
quiebra- la resolución del convenio sólo podrá declararse si la parte
afectada no obtuviese el levantamiento de aquellas medidas dentro de un plazo de____
días de ocurridas las mismas. Las partes cumplidoras tendrán derecho,
en caso de resolución del acuerdo, en cualquiera de las hipótesis previstas, a
mantener afectados a los trabajos todos los bienes que hasta el momento hayan
sido utilizados a esos fines.
Décimo
segundo: Precios a cobrar. Cada consorcista cobrará los precios de los trabajos
por él efectuados en un todo conforme la planilla de precios que se convendrá
al efecto.
En
cuanto al ajuste de los precios estipulados, se efectuará conforme a las
previsiones que regule el contrato con el cliente.
Décimo
tercero: Coordinación de los trabajos. Las disposiciones que resulte necesario
adoptar para la coordinación de la ejecución de las obras sub-Contratadas, serán
tomadas por el comité ejecutivo, sin perjuicio que cada una de las consorcistas
tendrá a su exclusivo cargo la conducción y realización de las obras y/u
obligaciones que le correspondan. A los efectos de la ejecución coordinada de
los trabajos, el comité realizará las siguientes tareas básicas: a)
coordinación de las actividades de las empresas en obra; b) programación de la
obra; c) control de avance de los trabajos; d) coordinación de las
actividades de las empresas firmantes de este convenio en cuanto a la posible
utilización en común de las obras y servicios; e) coordinación del proyecto
con las necesidades de la obra;f) supervisión y control de la preparación y
tramitación de certificados que eventualmente o por excepción se emitan a
nombre conjunto de las empresas; g) control y supervisión de la contabilización
y liquidación de gastos comunes; y cualquier otra que haga a la completa y
eficiente coordinación de los trabajos. La representación técnica “in
situ" será ejercida por el o los profesionales designados a tal efecto de
común acuerdo por las partes.
Décimo
cuarto: Certificaciones.
Cobranzas. En el contrato que el consorcio suscriba con el cliente se
determinará que los certificados que se emitan en concepto de obras
realizadas o por cualquier otro concepto, se extiendan y abonen
independientemente a nombre de la empresa que hubiere ejecutado los trabajos de
que se trate, y a tal fin, se discriminará en el contrato las tareas que cada
una ha de realizar en un todo de acuerdo a este convenio. En todos los casos,
cualquiera sea la forma como se emitan o cobren los certificados, la percepción
del importe de los trabajos en ellos referidos será efectuada por la empresa
que los ha realizado.
Décimo
quinto: Divergencias
y arbitraje. A todos los efectos del presente convenio será de aplicación la
legislación____
(argentina, chilena, etc.).
En
todas las controversias que puedan surgir con referencia al presente documento,
ya sea en su interpretación, ya en su ejecución, se recurrirá a un arbitraje,
dentro de los treinta días contados a partir de la petición de un miembro del
consorcio.
El
colegio arbitral estará constituido por tres miembros nombrados como sigue:
-Un
miembro designado por el presidente de la Asociación de Industriales Metalúrgicos
de____
-Un
miembro designado por el presidente de la Cámara____
(país) de la Construcción.
- Un
miembro designado por el presidente del Centro Argentino de Ingenieros.
El
colegio arbitral deberá ser nombrado dentro de los treinta días a partir de
la solicitud de su constitución.
Los
jueces arbitrales que serán designados en la forma descrita, tomarán sus
recaudos en la manera que estimen más oportuna y las decisiones alcanzadas serán
consideradas definitivas. Las partes se obligan a aceptarlas y a ponerlas en
inmediata ejecución, sin posibilidad para cualquiera de las partes de ulterior
recurso. Para el supuesto que, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior,
sea necesario recurrir a órganos judiciales, las partes pactan la jurisdicción
de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de____
Décimo
sexto: Domicilios especiales. Las partes fijan los siguientes domicilios
especiales en la ciudad de____Industrias,
en____
y____
En
estos domicilios surtirán pleno efecto todas y cada una de las notificaciones
y actos que deban o puedan formularse.
No
podrá ser variado el domicilio especial si no es dentro del ámbito de la
ciudad de____
y previa su comunicación a las otras partes en forma fehaciente.
En
prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman____ ejemplares de un
mismo tenor, en____
a los____ días
del mes de____
de dos mil____
Por